La literatura como lección judicial

17-07-2012 |

¿Leer novelas mejora los criterios de justicia?

Por Valeria Tentoni.

frentesol

«La paz y la guerra dependen de la digestión de algún tipo», escribió James Joyce en su Ulises. Así también la justicia parece, por momentos, depender del humor de sus jueces.

Quizás algo así tuvo en mente Martha Nussbaum cuando escribió Justicia poética[1], un ensayo que propone la lectura de novelas como una suerte de entrenamiento judicial.

La filósofa estadounidense sostiene que leer Tiempos difíciles de Charles Dickens, por ejemplo, puede contribuir a la ley en particular y, en general, al razonamiento público: «Yo defiendo la imaginación literaria, precisamente, porque me parece el ingrediente esencial de una postura ética que nos pide que nos preocupemos por el bien de otras personas cuyas vidas están lejos de la nuestra». El análisis se centra en la novela realista; si bien su recorte es algo caprichoso, el aparato de pregunta que echa a andar resulta no poco interesante.

Para Nussbaum, las obras literarias invitan a los lectores a ponerse en el lugar del otro y a atravesar sus experiencias. «El lector participa vicariamente en numerosas vidas distintas a la suya». Al internarnos en el universo interior de los personajes, las ficciones nos convocan a la empatía.

La lectura es entendida aquí como un ejercicio de habilidades valorativas. Nos encuentra con nuestra emocionalidad –a la que distingue del mero impulso, rescatándola con ese movimiento de su oposición a la racionalidad–, y en ese punto se vuelve un motor subversivo que contribuye a desmantelar estereotipos. Moldes que, finalmente, no producen otra cosa que individualismo. La buena literatura, dice, es perturbadora. Nos hace atravesar emociones poderosas y nos desconcierta. Así, inspira desconfianza en ciertas convenciones y nos fuerza a una confrontación con nuestras propias creencias e intenciones. La lectura mejora nuestras capacidades críticas y morales.

Antes que pensar en el juez como en una persona dotada de autoridad para sentenciar (lo que vendría a ser, en realidad, un efecto y no una causa de su existencia) convendría pensar en el juez como en un mediador entre realidades diferentes: entre pretensiones diferentes que, curiosamente, no siempre son opuestas. El planteo de Justicia poética parecería avanzar en este sentido: si el juez se encuentra ante la tarea de interpretar ajenidades y abonar a la coexistencia de lo (no siempre) disímil, probablemente la literatura tenga algo para ofrecer a su caja de herramientas. «El juez literario posee una mejor comprensión de la totalidad de los hechos que el juez no literario», escribe Nussbaum.

En su libro utiliza el término fancy para hablar del «nombre que se le da, en una novela, a la capacidad de ver una cosa como otra, de ver una cosa en otra». Y agrega: «La novela se presenta a sí misma como una metáfora». Enrique Marí, en La teoría de las ficciones[2], se refiere a la fanciful imagination: lo que habita un mundo en el que «las palabras sufren torsiones y retorsiones; su sentido esencial es básicamente traslaticio», donde las palabras «alumbran, no en el sentido de arrojar luz para separar y discriminar entre lo falso y lo verdadero, sino en el sentido en que alumbrar es deslumbrar». Las ficciones tienen la «capacidad de ampliar teóricamente el terreno de la experiencia ante los límites o el carácter contingente del conocimiento».

«La interpretación actúa como problema-enlace entre derecho y literatura», explica el maestro Marí, pero advierte que «ver interrelacionados a lo imaginativo y lo cognoscitivo en este camino de doble calzada no implica que ambos tipos de discurso se confundan eliminándose recíprocamente, o funcionen uno como sustituto del otro, o que sus contornos se hagan confusos».

Las novelas ofrecen guías que no son infalibles. Nussbaum también instala la advertencia: esta capacidad de juzgar literariamente no es, bajo ningún punto de vista, suficiente para la tarea ante la que se ven los magistrados. A esto debe agregársele, entre otras cosas, conocimiento técnico legal judicial, conocimiento histórico e imparcialidad. Pero, indica, para lograr juicios completos deben «educar no sólo sus capacidades técnicas, sino también su capacidad humanitaria».

 

 

 

 


[1] NUSSBAUM, Martha C.: Poetic justice. The literary imagination and public life, Beacon Press, 1995, Boston.

[2] MARÍ, Enrique: La teoría de las ficciones, Eudeba, 2002, Buenos Aires.

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